Diferencias entre la tarjeta de residencia y el visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea
Conviene distinguir entre la tarjeta comunitaria y el visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Este último se solicita en el consulado español del país de origen antes de viajar a España y solo es necesario si el familiar extracomunitario está sujeto a la obligación de visado para entrar en territorio Schengen.
Una vez en España, con el visado de entrada, se puede tramitar la tarjeta de residencia, que tendrá una validez prolongada.
¿A quién está dirigida esta tarjeta?
Pueden solicitar esta tarjeta los familiares de ciudadanos de la Unión Europea que no tengan nacionalidad de un Estado miembro y que deseen acompañar o reunirse con ellos en España. La relación familiar debe estar claramente documentada y reconocida por la legislación. Se considera familiar a efectos del régimen comunitario:
- El cónyuge del ciudadano de la Unión, siempre que el matrimonio no haya sido disuelto.
- La pareja registrada, siempre que exista un vínculo equivalente al matrimonio, reconocido legalmente.
- Los descendientes directos (hijos) del ciudadano comunitario o de su cónyuge o pareja registrada, menores de 21 años o mayores si dependen económicamente del titular.
- Los ascendientes directos (padres o suegros) del ciudadano comunitario o de su cónyuge o pareja registrada, si están a su cargo.
- Otros familiares, si se demuestra una dependencia económica o convivencia estable previa, o razones graves de salud que justifiquen su acompañamiento.
Es importante destacar que el vínculo debe ser real, duradero y acreditable mediante documentación oficial. En el caso de matrimonios o parejas de hecho recientes, pueden requerirse pruebas adicionales que acrediten la convivencia o la relación efectiva.
¿Qué ocurre si el vínculo familiar se rompe?
Una de las preocupaciones más frecuentes es qué sucede si el matrimonio se disuelve, si fallece el ciudadano comunitario o si hay una separación legal. En estos casos, existen supuestos de mantenimiento de la residencia para los familiares extracomunitarios si:
- El matrimonio ha durado al menos tres años, de los cuales uno en España.
- Existen hijos comunes a cargo.
- Se ha producido violencia de género o trata de seres humanos.
Es recomendable acudir a asesoría jurídica especializada para analizar cada caso concreto.
¿Qué derechos otorga la tarjeta de familiar de ciudadano de la UE?
Obtener esta tarjeta implica más que regularizar la estancia: es también el acceso a una serie de derechos reconocidos por el derecho comunitario:
- Derecho a residir y trabajar en España en igualdad de condiciones que los ciudadanos nacionales.
- Posibilidad de moverse libremente por otros países del Espacio Schengen por un periodo de hasta 90 días cada seis meses.
- Derecho a la educación pública para los hijos y acceso a otros servicios sociales.
- Opción a solicitar la residencia permanente tras cinco años de residencia continuada y legal.
¿Cómo se solicita la tarjeta comunitaria de la UE?
La solicitud de la tarjeta debe realizarse dentro de los tres meses siguientes a la entrada en España del familiar extracomunitario. El trámite se inicia de forma presencial ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el ciudadano de la Unión. Los pasos para la solicitud son:
- Reunir la documentación
- Solicitar cita previa en la sede electrónica de la Administración.
- Acudir a la cita en la Oficina de Extranjería con todos los documentos.
- Esperar la resolución. La administración dispone de un plazo máximo de tres meses para notificar la concesión.
- Una vez aprobada, se deberá solicitar la tarjeta física (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.
Requisitos para obtener la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE
La normativa exige el cumplimiento de una serie de condiciones esenciales, tanto para el familiar solicitante como para el ciudadano comunitario:
- Documentación acreditativa del vínculo familiar: certificado de matrimonio, inscripción de pareja de hecho o partida de nacimiento, según el caso. En su caso, traducción jurada y legalización o apostilla de los documentos emitidos en el extranjero.
- Acreditación de la residencia del ciudadano de la UE en España: certificado de empadronamiento actualizado. Justificantes de medios de vida (contrato laboral, actividad por cuenta propia, pensión o recursos propios suficientes).
- Seguro médico: asistencia sanitaria pública o privada siempre que proporcione cobertura equivalente al Sistema Nacional de Salud para el familiar del ciudadano de la UE.
- Medios económicos suficientes: el ciudadano comunitario debe demostrar que posee ingresos suficientes para no convertirse en una carga para el sistema asistencial español. Esto puede hacerse mediante: nóminas o contrato de trabajo, extractos bancarios o declaración jurada de manutención. Estos medios varían en función del número de personas a cargo y del indicador público de renta (IPREM), actualizado anualmente.
De este modo, la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea representa una vía esencial para muchas personas que desean reunirse con sus seres queridos en España y establecerse con garantías legales. Este permiso no solo abre la puerta a la residencia, sino que también garantiza el acceso a derechos básicos y oportunidades para desarrollar una vida estable en el país. Si estás en proceso de traslado o deseas reagruparte con un familiar comunitario, contar con información fiable y actualizada es clave para que el procedimiento se realice de forma correcta.
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