Tu privacidad es importante para nosotros

CaixaBank utiliza cookies propias y de terceros para analizar tu navegación con fines estadísticos, de personalización (e.g., idioma) y publicitarios, incluido el mostrarte publicidad personalizada a partir de un perfil elaborado en base a tu navegación. Pulsa para tener más información o para configurar o rechazar su uso. También puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar y seguir navegando”

Aceptar y seguir navegando

Particulares
Selecciona una opción

Selecciona una opción

Cerrar
  • Particulares
  • Empresas
  • Negocios
  • AgroBank
  • HolaBank
  • Banca Privada (abre en ventana nueva)
  • Banca Premier (abre en ventana nueva)
  • Kids
  • Teens
  • Imagin
  • Familias
  • Séniors
  • ES
    Idioma español. Pulsa para cambiar

    Idioma español. Pulsa para cambiar

    Cerrar
    • Castellano
    • Català
    • Euskara
    • Galego
    • Valencià
    • Deutsch
    • English
    • Français
  • Información corporativa
    • Trabaja con nosotros (Abre en ventana nueva)
    • CaixaBank Research (abre en ventana nueva)
    • Sala de comunicación (abre en ventana nueva)
    • Sostenibilidad (abre en ventana nueva)
    • Web corporativa (abre en ventana nueva)
Hazte cliente
Oficinas
Menú
Cerrar
Menú
Mover a la izquierda
  • Otros Perfiles
  • Particulares

  • Empresas

  • Familias
  • Banca Premier
  • Banca Privada
  • Empresas
  • Negocios
  • HolaBank
  • AgroBank

Otros perfiles

otros perfiles

Particulares

  • Inicio
  •  Mi día a día
    • Mis Finanzas
    • Cuentas
    • Nómina
    • Banca Digital
    • Oficinas y cajeros
  •  Disfrutar de la vida
    • Wivai Financia los productos del e-commerce
    • Préstamos personales
    • Tarjetas
    • Movilidad y Renting Financiación de vehículos de ocasión y renting
    • Hipoteca CasaFácil Una cuota sin sorpresas y un plazo adaptado a ti
      • Simulador de hipotecas
    • Ventajas Moments
  •  Dormir tranquilo
    • MyBox Llévate hasta 525 € en una Tarjeta Regalo. Solo hasta el 28-04-2023
    • Seguros
      • Seguros de hogar
      • Seguros de coche y moto
      • Seguros de salud
      • Seguros de vida
    • Testamentarías
  •  Pensar en el futuro
    • Ahorro
    • Jubilación
      • MyBox Jubilación
      • Seguros de ahorro
      • Planes de pensiones
      • Simulador de planes
    • Fondos y carteras
    • OCEAN La plataforma online con fondos de más de 140 gestoras
    • Valores
Mucho más
  • Hazte cliente
  • inTouch
  • Donativos y pagos
  • Seguridad
  • CaixaBank Talks
  • Tutoriales Banca Digital
Te recomendamos

Empresas

  • Inicio
  •  Facilitar el día a día
    • Cobros y pagos
    • TPV y soluciones e-commerce
    • Importación y exportación
    • Tarjetas
    • Banca internacional Conoce las sucursales internacionales y oficinas de representación
    • Banca Digital
      • Tutoriales
  •  Impulsar el crecimiento
    • Financiación
    • Confirming Financia los pagos a tus proveedores
    • Renting y ocasión
  •  Asegurar la tranquilidad
    • Seguros Protege tu negocio contra imprevistos y accidentes
  •  Gestionar los recursos
    • Fondos de inversión
    • Valores
Mucho más
  • Real Estate & Homes
  • Hotels & Tourism
  • DayOne
  • Buscador de oficinas
  • Seguridad
  • Hazte Cliente
Te recomendamos
 
  • ...¡Buscando!

    En breve te mostraremos los resultados

  • Sigue con tu búsqueda

    Más resultados

  • Oficinas

    Encuentra en nuestro buscador tu oficina más cercana

    Buscar

CaixaBank (Ir a Inicio)

Hazte Cliente
Banca Digital
Entrar

CaixaBankNow

  • Solicitud devolución cláusula suelo
Solicitud devolución cláusula suelo
Mover a la izquierda
  • Información a clientes

  • Información complementaria

    • Tarifas y comisiones
    • Reclamaciones
    • Información de interés
    Cerrar
Mover a la derecha

Solicitud devolución cláusula suelo

  • Introducción
  • Normativa
  • Preguntas Frecuentes

Introducción

El pasado día 21 fue publicado el Real Decreto-Ley1/2017, de medidas Urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, que establece un procedimiento extrajudicial rápido y eficaz para tramitar las solicitudes de devolución de cantidades satisfechas en aplicación de la cláusula suelo.

CaixaBank ha establecido un procedimiento voluntario y gratuito para que los clientes que cumplan con los requisitos del Real Decreto-Ley, es decir, personas físicas consumidores titulares de un préstamo o crédito con hipoteca inmobiliaria que contenga una cláusula suelo, puedan solicitar su revisión y, en su caso, recibir la devolución de los importes cobrados en aplicación de dicha cláusula.

Asimismo, CaixaBank ha puesto a disposición de los clientes un Servicio específico cuya dirección postal es el Apartado de Correos 8037 - 08080 Barcelona para la atención de las solicitudes de devolución en el marco del Real Decreto-Ley 1/2017, y una dirección de correo electrónico [email protected].

Procedimiento

El procedimiento es sencillo, rápido y de carácter gratuito para los clientes.

1.- Presentación: Los clientes deberán acudir a su oficina habitual con el documento de identificación para cumplimentar el formulario que CaixaBank ha elaborado para agilizar la solicitud de revisión de la cláusula suelo de sus clientes. Los clientes también podrán obtener este formulario mediante su descarga a través del siguiente enlace. El citado formulario debidamente firmado podrá presentarse en la oficina habitual del cliente o mediante su envío al Aptdo. de Correos Apartado de Correos 8037 - 08080 Barcelona.

Descargar formulario


2.- Tramitación:
Una vez realizada la solicitud, CaixaBank analizará la petición y, en un plazo máximo de 3 meses, le comunicará el resultado del estudio de la misma a través del servicio de banca electrónica (CaixaBankNow). En caso de no disponer de este servicio, los comunicados se remitirán por correo postal al domicilio que los clientes tengan designado en CaixaBank para el envío de comunicaciones.

3.- Resolución: Si tras el análisis de la solicitud, la resolución resulta favorable al cliente, todos los titulares de la operación hipotecaria deberán acudir presencialmente a la oficina para firmar el acuerdo. Una vez firmado el mismo, el cliente recibirá el importe acordado mediante ingreso en cuenta.

Si CaixaBank considera que no procede la devolución de cantidades solicitada, le informará de las razones por las que se desestima su solicitud.

En tanto no se resuelva la solicitud de análisis, los clientes que lo hayan solicitado no podrán ejercitar ninguna acción judicial o extrajudicial. Ello implica que no podrán iniciarse procedimientos judiciales, pero tampoco interponer reclamaciones en relación a las cláusulas suelo, ni ante el Servicio de Atención al Cliente de CaixaBank ni ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, durante el tiempo en que se esté sustanciando el procedimiento especial de revisión de cláusula suelo. No obstante, podrá adoptar las medidas que estime oportunas una vez la entidad rechace expresamente su solicitud o si, finalizado el plazo de tres meses, no ha recibido comunicación alguna por parte de la entidad.

Recuerde que si la presentación de su solicitud es anterior al 21 de febrero de 2017, el referido plazo de tres meses comienza a contar desde esta última fecha.

Normativa

Servicio de atención al cliente

Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero, modificada por la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de economía sostenible.
Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Pensiones.
Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo.

Transparencia de las operaciones y protección de la clientela, y otra normativa de protección al consumidor

Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de octubre), de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores.

Préstamos hipotecarios

Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios.
Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de octubre), de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
Real Decreto Ley 2/2003, de 25 de abril, de medidas de reforma económica.
Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica.
Real Decreto Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección de los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

Condiciones generales de la contratación

Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre condiciones generales de la contratación.
Orden EHA/1718/2010 de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de junio), de regulación y control de la publicidad de los servicios y productos bancarios, desarrollada por la Circular 6/2010 de 28 de septiembre del Banco de España (B.O.E. del 11 de octubre), a entidades de crédito y entidades de pago, sobre publicidad de los servicios y productos bancarios. Orden EHA/1717/2010, de 11 de junio del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 29 de junio), de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.
Ley 22/2010 de 20 de julio del Parlamento de Cataluña (DOGC de 23 de julio), del Código de Consumo de Cataluña.
Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre (B.O.E. del 15 de octubre), por el que se crea el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y Real Decreto 628/2010 de 14 de mayo del Ministerio de Economía y Hacienda (B.O.E. del 3 de junio), por el que se modifican el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre (B.O.E. del 21 de diciembre), sobre fondos de garantía de depósitos en entidades de crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto (B.O.E. del 4 de agosto), sobre sistemas de indemnización de los inversores.
Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España (B.O.E. del 6 de julio), a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos.

Preguntas Frecuentes

  • ¿Qué implica el Real Decreto-Ley 1/2017 publicado por el Gobierno en materia de clausula suelo? 

    El Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, tiene como objeto el establecimiento de un procedimiento que facilite la devolución de las cantidades satisfechas por el consumidor a las entidades de crédito en aplicación de determinadas cláusulas suelo, contenidas en contratos de préstamo o crédito garantizados con hipoteca inmobiliaria. 

  • ¿Cómo va a implantar CaixaBank el procedimiento  Real Decreto-Ley 1/2017? 

    CaixaBank ha establecido un procedimiento voluntario y gratuito para que los clientes que cumplan con los requisitos del Real Decreto-Ley (es decir, personas físicas consumidores, titulares de un préstamo o crédito con hipoteca inmobiliaria y cláusula suelo), puedan solicitar la revisión de su operación y, en su caso, recibir la devolución de los importes cobrados por la existencia de dicha cláusula.

  • ¿Quién puede acogerse a este procedimiento? 

    Todos los clientes consumidores que sean titulares de un préstamo o crédito de CaixaBank garantizado con hipoteca inmobiliaria y que incluyan una cláusula suelo no transparente que se hubiese aplicado en algún momento.

  • ¿Tiene algún tipo de coste este procedimiento?

    No. Es gratuito para el cliente. Se trata de un procedimiento de reclamación extrajudicial en el que no es necesario incurrir en gastos de abogados.

  • ¿Es compatible este procedimiento con la vía judicial? 

    El Real Decreto-Ley 1/2017 permite al cliente optar por dos vías: bien iniciar una reclamación judicial, o bien acogerse al procedimiento voluntario de revisión establecido por CaixaBank.

    No obstante, la norma establece que ambas vías son incompatibles. Es por ello que, en caso acudir a este procedimiento, los clientes no podrán ejercitar ninguna acción judicial durante el plazo que tiene CaixaBank para resolver (tres meses).

  • ¿Tiene alguna ventaja este procedimiento respecto la vía judicial? 

    Este procedimiento voluntario es gratuito y rápido, ya que el Real Decreto-Ley 1/2017 fija un plazo máximo de 3 meses para la contestación por parte de CaixaBank.

    Además, si una vez recibida esta contestación, el cliente no estuviera de acuerdo con la valoración realizada por CaixaBank, podrá acudir a la vía judicial.

  • ¿Cómo puedo iniciar este procedimiento extrajudicial y solicitar la revisión de la cláusula suelo?

    Deberá acudir a su oficina habitual con su documento de identificación para cumplimentar el formulario que CaixaBank ha elaborado para agilizar las solicitudes de revisión de la cláusula suelo de sus clientes. No obstante, en caso de no poder acudir a su oficina habitual, podrá realizar los trámites en cualquier oficina de CaixaBank o remitir la solicitud firmada por correo postal al Apartado de Correos 8037 - 08080 Barcelona. 

  • ¿Qué respuesta puede dar CaixaBank a su solicitud?

    (i) Si la decisión es favorable al cliente, CaixaBank le comunicará el importe de la liquidación y le adjuntará el desglose de la misma.

    (ii) Si se deniega la solicitud del cliente, CaixaBank le comunicará las razones por las que se desestima la misma.

    El análisis de las solicitudes se llevará a cabo desde una unidad especializada. Una vez recibida la respuesta, si el cliente tuviese alguna duda al respecto, CaixaBank pone a su disposición el teléfono gratuito 900 100 326.

  • ¿En qué plazo se informará al cliente del resultado de su solicitud?

    Una vez realizada la solicitud, CaixaBank analizará la petición y en un plazo máximo de 3 meses comunicará al cliente si acepta la misma y el importe de la devolución, o si, por el contrario, la petición es rechazada y el motivo de dicho rechazo.

    El plazo de tres meses empieza a contar desde la fecha de la presentación de la solicitud. Si ésta se ha presentado antes del 22 de febrero de 2017, se entenderá esta última fecha como la fecha de presentación a partir de la cual se computarán los tres meses.

  • ¿Por qué canal recibirá el cliente el resultado de la solicitud?

    Todos los titulares del préstamo/crédito recibirán el resultado de la solicitud a través del servicio de banca electrónica (CaixaBankNow). En caso de no disponer de este servicio, remitiremos los comunicados por correo postal al domicilio que los clientes tengan designado en CaixaBank para el envío de comunicaciones. 

  • ¿Cómo se entregan las cantidades a los clientes que suscriban el acuerdo?

    Es necesario que todos los titulares del préstamo/crédito acudan a la oficina donde realizaron la solicitud y firmen presencialmente el documento del acuerdo que incluye el detalle de los cálculos realizados. Una vez firmado el mismo, el cliente recibirá el importe acordado mediante ingreso en cuenta asociada a la operación.

  • ¿Qué tratamiento fiscal tienen las cantidades que reciba por la devolución de los intereses como consecuencia de las clausulas suelo?

    La cantidad que el cliente reciba como consecuencia de la devolución de los intereses pagados en exceso por aplicación de la cláusula suelo no debe incluirse en la declaración del IRPF.

    Ahora bien en el caso más general de hipoteca para adquisición de vivienda habitual, si el cliente aplicó la deducción por inversión en vivienda habitual en los años 2013, 2014, 2015 y 2016, deberá realizar una regularización por los intereses deducidos en exceso en la declaración del IRPF del año 2017.

    Dicho lo anterior, si el acuerdo es anterior 30 de junio de 2017, fecha de finalización del periodo de declaración del año 2016, y entre las cantidades devueltas hay intereses pagados en exceso en el año 2016, no se deberán tener en cuenta en la deducción por inversión en vivienda habitual del año 2016 y por tanto no será necesaria su regularización en la declaración del renta del año 2017.

    Para facilitar la regularización de gastos y deducciones de años anteriores, al cliente se le facilita en el momento de la liquidación el desglose de los cálculos realizados por años.

  • ¿Qué impacto fiscal existe en los casos de hipotecas no destinadas a la adquisición de la vivienda habitual?

    Igualmente, la cantidad que el cliente reciba como consecuencia de la devolución de los intereses pagados en exceso por aplicación de la cláusula suelo no debe incluirse en la declaración del IRPF.

    En el supuesto de que los intereses que son objeto de devolución hubiesen sido deducidos en ejercicios anteriores como gasto de los rendimientos del capital inmobiliario o de actividades económicas, por haber sido arrendado o cedido en uso el inmueble hipotecado, se deberán presentar declaraciones complementarias de cada año, quitando los gastos deducidos, de acuerdo con el siguiente calendario:

    • Para sentencias y acuerdos suscritos hasta el 4 de abril del 2017: se deberán presentar declaraciones complementarias de los años 2012, 2013, 2014 y 2015, en el mismo plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2016, entre abril y junio de este año 2017. Si entre las cantidades devueltas hubiese intereses pagados en exceso en el año 2016, no se deberán incluir como gasto deducible de los rendimientos del año 2016.
    • Para sentencias y acuerdos suscritos entre el 5 de abril y el 30 de junio del 2017: se deberán presentar declaraciones complementarias de los años 2013, 2014, 2015, en el plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2017, entre abril y junio del año 2018. Si entre las cantidades devueltas hubiese intereses pagados en exceso en el año 2016, no se deberán incluir como gasto deducible de los rendimientos del año 2016.
    • Para sentencias y acuerdos suscritos con posterioridad al 30 de junio del 2017: se deberán presentar declaraciones complementarias de los años 2013, 2014, 2015 y 2016, en el plazo de presentación de la declaración del IRPF del año 2017, entre abril y junio del año 2018.

    Para facilitar la regularización de gastos y deducciones de años anteriores, al cliente se le facilita en el momento de la liquidación el desglose de los cálculos realizados por años.

  • Productos

    • Préstamos personales
    • CasaFácil
    • Tarjetas
    • Ahorro y depósitos
    • Cuentas
    • Planes de pensiones
    • Fondos de inversión
    • Nómina / Pensión
    • Bolsa y derivados
    • Seguros
    • Seguros de hogar
    • Seguros de vida
    • Seguros de coche y moto
    • Seguros de salud
    • Seguros de ahorro
    • Renting y vehículos de ocasión
  • Servicios

    • Banca Digital
    • Donativos y pagos
    • Seguridad
    • Accesibilidad
    • Mapa web
    • Monte de Piedad (abre en ventana nueva)
    • Servihabitat (abre en ventana nueva)
    • CaixaBank Talks
    • Noa
    • inTouch
  • Móvil

    • CaixaBank
    • Pago móvil
    • imagin (abre en ventana nueva)
    • BrokerNow
    • CaixaBank Mobile Store
    • Apple Pay
    • CaixaBank Sign
  • Contacto

    • Contáctanos(Abre en ventana nueva) Te ayudamos en lo que necesites
    • Servicio de Atención al Cliente(Abre en ventana nueva) Accede para presentar una reclamación oficial
  • Comunicación y reconocimientos

    • Comunicación(Abre en ventana nueva)
    • Premios y reconocimientos
    • Cultura Financiera Cultura Financiera
    • Ver más  sobre redes sociales
  • Social media

    • Facebook (Abre en ventana nueva)
    • LinkedIn (Abre en ventana nueva)
    • Twitter (Abre en ventana nueva)
    • Instagram (Abre en ventana nueva)
    • YouTube (Abre en ventana nueva)
    • Blog (Abre en ventana nueva)
 
  • ...¡Buscando!

    En breve te mostraremos los resultados

  • Sigue con tu búsqueda

    Más resultados

Pon el buscador de oficinas en tu móvil

Descárgate ya la aplicación

© CaixaBank, S.A. 2023

  • Política de cookies
  • Privacidad (abre en una ventana nueva)
  • Aviso legal
  • Tarifas e información de interés
  • MIFID
  • Información legal sobre CaixaBank, S.A.
  • ANAB Accredited
  • Sello de Excelencia EFQM (Abre en ventana nueva)
  • Western Europe
  • Banco más innovador (Abre en ventana nueva)
  • Certificación ISO
  • AQmetrix