1. El capital de fallecimiento puede disminuir en la medida en que se abone e incremente la renta mensual. Su importe depende íntegramente del valor de las inversiones vinculadas al seguro y está sujeto a las fluctuaciones de los mercados, de modo que no se garantiza un importe mínimo, pudiendo llegar a no existir en un escenario de mercado desfavorable. El importe se determinará a partir de las participaciones de cada cartera asignada a la póliza en la fecha de notificación del fallecimiento, valoradas al día siguiente hábil, más un 1 % adicional limitado a 100 €.
2. Una vez al año, con fecha 20 de enero (o el siguiente día hábil, si este es inhábil) con el último IPC oficialmente publicado por el Instituto Nacional de Estadística, se calculará el incremento del importe mensual de la renta vitalicia aplicando los siguientes límites y condiciones. En ningún caso se le aplicará a su renta mensual un IPC negativo. En caso de IPC positivo, el incremento anual de la renta será, como mínimo, del 0,5 %. No podrá ser superior al 2,5 % para no consumir un exceso de saldo de la cartera gestionada. En cualquier caso, el cliente podrá ejercer su derecho a paralizar la actualización de la renta desde la contratación y reactivarla en cualquier momento, si así lo desea. En función de la edad, los vencimientos de la cartera de renta fija serán los siguientes: entre 60 y 64 años un vencimiento a 31-5-2050, entre 65 y 79 años un vencimiento a 31-12-2048, y entre 80 y 89 años un vencimiento a 31-12-2043.
3. El incremento de renta se realiza con cargo a la cartera gestionada y siempre que exista saldo suficiente. Sólo se podrá solicitar el incremento voluntario de la renta si se cumple los supuestos de enfermedad grave, situación de dependencia o ingreso en un centro residencial de atención de personas mayores o centros análogos. En caso de que la cartera no tenga saldo o sea insuficiente, los futuros incrementos según el IPC no podrán realizarse.
4. Según la legislación vigente en marzo del 2020. En Navarra, el porcentaje de renta sujeto a retención será el que corresponda según la edad del beneficiario en el momento del pago de cada uno de los términos de la renta (mensualidades).
Información sujeta a las condiciones de la póliza, así como a las condiciones de suscripción. Seguros de Rentas Vitalicias de VidaCaixa, S.A.U. de Seguros y Reaseguros con NIF A-58333261. CaixaBank, S.A., operador de banca-seguros exclusivo de VidaCaixa, S.A.U. y autorizado de SegurCaixa Adeslas, S.A. , con NIF A-08663619 y domicilio en la calle del Pintor Sorolla, 2-4, 46002 València, e inscrito en el Registro de Distribuidores de seguros y reaseguros de la DGSFP con el código C0611A08663619. Tiene contratado el correspondiente seguro de responsabilidad civil profesional para la cobertura de las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional, conforme a la legislación vigente. Puedes obtener más información en su página web. Para más información sobre las características y riesgos del seguro, puedes consultar el documento de datos fundamentales en www.VidaCaixa.es o en tu oficina de CaixaBank
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