Ningún hogar sin alimentos

Elige donar a los bancos de alimentos para que otras personas no tengan que elegir

En muchos hogares tienen que elegir entre renovar unos zapatos rotos o llenar la nevera.

Opciones de donación

Únete a #NingúnHogarSinAlimentos

  • Con 124 € donas

    Alimentos para 4 personas durante una semana.

  • Con 248 € donas

    Alimentos para 4 personas durante dos semanas.

  • Con 372 € donas

    Alimentos para 4 personas durante tres semanas.

Cerca de 10 millones de personas se encuentran en riesgo de pobreza en nuestro país

La Fundación “la Caixa” y CaixaBank impulsan la campaña “Ningún hogar sin alimentos” con el objetivo de que ninguna familia tenga que elegir entre las clases de refuerzo escolar o la merienda del día.

Únete a Ningún Hogar Sin Alimentos para que tu ayuda llegue a la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL).

Cómo llegan los alimentos

¿Cómo llegan los alimentos a quienes los necesitan?

  1. Captación de donativos

    Se obtienen donativos económicos y/o en especie a través de campañas de donación.

  2. Almacenaje

    Los 53 bancos de alimentos de toda España clasifican, almacenan y gestionan la conservación de los alimentos.

  3. Distribución a entidades sociales

    Más de 6.000 entidades sociales dependen de los bancos de alimentos para abastecerse.

  4. Llegada a los que lo necesitan

    Las entidades entregan los alimentos a las personas que lo necesitan.

Preguntas frecuentes sobre donativos

  • Las donaciones a entidades con derecho a deducción deben declararse en la casilla 723 de la declaración de la renta (IRPF), dentro del apartado de "Deducciones por donativos y otras aportaciones".

  • Sí, para poder desgravar una donación en la declaración de la renta, es necesario:

    • Que la donación sea a una entidad acogida a la Ley 49/2002, como ONG, fundaciones o entidades sin ánimo de lucro.
    • Tener un certificado de donaciones emitido por la entidad receptora.
    • Que el pago se haya realizado por medios que dejen rastro (transferencia bancaria, tarjeta, cheque, etc.).
    • Que el donante esté correctamente identificado con su NIF.
  • El certificado debe incluir:

    • Nombre y NIF del donante.
    • Nombre, NIF y domicilio de la entidad receptora.
    • Mención expresa de que la entidad está acogida a la Ley 49/2002.
    • Fecha e importe de la donación.
    • Destino de la donación (finalidad del donativo).
    • Indicación de si la donación es irrevocable y sin contraprestación.
  • Se pueden desgravar:

    • Donaciones en dinero (transferencias, tarjetas, cheques, etc.).
    • Donaciones en especie (bienes muebles, inmuebles, valores, etc.).
    • Cuotas a ONG y fundaciones (siempre que sean donaciones y no contraprestaciones por servicios).
  • Personas físicas particulares (IRPF):

    • Hasta 250 €: 80 % de deducción.
    • Por el resto del importe: 40 % de deducción, o 45 % si has donado a la misma entidad en los dos periodos impositivos anteriores con la misma o mayor cantidad.

    Personas jurídicas (IS - impuesto sobre sociedades):

    • Deducción del 45 % sobre el importe donado.
    • Deducción del 50 % si han realizado donaciones a la misma entidad en los dos periodos impositivos anteriores por el mismo o mayor importe.

    En el País Vasco y Navarra hay normas específicas, con deducciones del 20 %-30 %.

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