1. Promoción ofrecida por VidaCaixa, SAU de Seguros y Reaseguros, a la que deberá solicitarse la adhesión, y válida para traspasos de planes de pensiones de otra entidad de entrada realizados entre el 9-01-2023 y el 30-09-2023 (ambos incluidos), que sean efectivos en los quince días naturales siguientes a la fecha de solicitud del traspaso y con periodo de permanencia sobre el importe traspasado hasta el 01-12-2031 (si la bonificación ha sido del 4 %), el 01-12-2029 (si la bonificación ha sido del 2 %) o el 01-12-2028 (si la bonificación ha sido del 1 %). Los productos incluidos en la promoción son: CABK SI Impacto 5/30 RV, CABK SI Impacto 30/60 RV, CABK Destino 2022, CABK Destino 2026, CABK Destino 2030, CABK Destino 2035, CABK Destino 2040, CABK Destino 2050, CABK Destino 2060, CABK Oportunidad, CABK Equilibrio, CABK Crecimiento, CABK Selección Futuro Sostenible, CABK RV Euro, CABK RV Nacional, CABK RV Emergentes, CABK RV Internacional, CABK RV USA, CABK Selección, CABK Tendencias, CABK Retorno Absoluto, CABK Renta fija largo plazo, CABK Plan de Previsión Asegurado Destino Jubilación y CABK Plan de Previsión Asegurado.
Una vez el traspaso externo sea efectivo y se haya constituido, se recibirá la bonificación correspondiente en la cuenta corriente asociada al plan en función de la fecha efectiva del traspaso:
• Los traspasos externos de entrada constituidos entre el 09-01-2023 y el 28-02-2023 recibirán la bonificación durante la segunda quincena del mes de marzo, con fecha valor 01-03-2023.
• Los traspasos externos de entrada constituidos entre el 01-03-2023 y el 30-04-2023 recibirán la bonificación durante la segunda quincena del mes de mayo, con fecha valor 01-05-2023.
• Los traspasos externos de entrada constituidos entre el 01-05-2023 y el 30-06-2023, recibirán la bonificación durante la segunda quincena del mes de julio, con fecha valor 01-07-2023.
• Los traspasos externos de entrada constituidos entre el 01-07-2023 y el 31-08-2023, recibirán la bonificación durante la segunda quincena del mes de septiembre, con fecha valor 01-09-2023.
• Los traspasos externos de entrada constituidos entre el 01-09-2023 y el 30-09-2023, recibirán la bonificación durante la segunda quincena del mes de noviembre, con fecha valor 01-11-2023.
Para el cálculo de la bonificación se descontarán las salidas por traspasos internos, externos o cobro prestación que se realicen antes del abono y que hagan disminuir el importe movilizado.
La promoción se encuentra sujeta a las condiciones, limitaciones y penalizaciones, así como a la tributación en el IRPF, según la legislación vigente en los términos consultables aquí.
No se aplicará ninguna penalización si la disminución del saldo sujeto a permanencia es por cobro de la prestación por la contingencia de fallecimiento. Sólo podrán acceder a la promoción aquellos clientes con residencia fiscal en territorio español.
2. Los clientes que a fecha 31-12-2023 tengan 50 años o más, recibirán un 4 % directo sobre la suma de importes de movilizaciones externas de entrada realizadas durante el periodo de la promoción (independientemente del importe traspasado o de si se contratan aportaciones periódicas mensuales). Los planes incluidos en la promoción, condiciones de permanencia del importe traspasado y fecha de bonificación son los citados en el punto 1.
3. Se obtendrá un 4 % sobre el importe traspasado si, en la fecha de abono de la bonificación, se cumple una de las siguientes 2 condiciones: que la suma total del importe traspasado sea igual o superior a 60.000 € o si tiene vigente una aportación mensual periódica de mínimo 100 €.
4. Se obtendrá un 2 % sobre el importe traspasado si, en la fecha de abono de la bonificación, se cumple una de las siguientes 2 condiciones: que la suma total del importe traspasado sea igual o superior a 30.000 € o si tiene vigente una aportación mensual periódica de mínimo 50 €.
En el caso que se haya obtenido un abono del 2%, por cumplir con la condición de tener vigentes aportaciones periódicas mensuales, se deberá mantener una aportación periódica mensual como mínimo de 50,00 euros hasta el 01-12-2025. Asimismo, en el caso que se haya obtenido un abono del 4%, por cumplir con la condición de tener vigentes aportaciones periódicas mensuales, se deberá mantener una aportación periódica mensual como mínimo de 100,00 euros hasta el 01-12-2025. El saldo existente es la suma de los derechos consolidados en los planes de pensiones y de los derechos económicos en los planes de previsión social y los planes de previsión asegurados. En caso de que en los planes se haya contratado una renta de seguros, sumará a este saldo la prima única.
A efectos de la aportación periódica mensual se tendrá en cuenta también la prima mensual total del MyBox Jubilación del cliente.
Planes de previsión social integrados en GEROCAIXA, EPSV INDIVIDUAL y entidad colaboradora de VidaCaixa, S.A.U. de Seguros y Reaseguros. VidaCaixa, S.A.U. de Seguros y Reaseguros, con NIF A58333261, es socio promotor de GeroCaixa EPSV Individual y la entidad encargada de la gestión y administración del patrimonio afectos a sus planes de previsión social. CaixaBank, S. A., es entidad comercializadora y Cecabank, S. A., es entidad depositaria. .
Además de lo indicado en este documento, queda a disposición del interesado el documento de datos fundamentales, en el que se proporciona información esencial que debe conocerse sobre este producto y que puede obtenerse a través de la web de VidaCaixa, en el apartado «Información previa a la contratación», y de cada plan desde el catálogo.
NRI: 21964-2023-17195